Tipos de Bonificaciones

Secretaría de Estudiantes - Tipos de Bonificaciones

Tipos de Bonificaciones

¿QUÉ EXENCIONES Y/O BONIFICACIONES PUEDO APLICAR PARA PAGAR LA MATRÍCULA? 

Las posibles exenciones/bonificaciones para el pago de los precios públicos están recogidas en el Decreto de Precios públicos para enseñanzas universitarias de la Comunidad de Madrid. 

  • Estudiantes beneficiarios/as de Beca de carácter general del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes: estarán exentos/as del pago de las asignaturas matriculadas en primera matrícula, debiendo abonar las tasas de Secretaría, el seguro escolar u otro seguro obligatorio suscrito. 
  • Estudiantes con Matrícula de Honor en la calificación final de 2º de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Superior, Premio extraordinario de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Superior o Medalla en olimpiadas académicas acreditadas de ámbito nacional o internacional, disfrutarán durante el primer año y por una sola vez, de exención del pago de los precios públicos por crédito, debiendo abonar las tasas de Secretaría, el seguro escolar u otro seguro obligatorio suscrito
  • Estudiantes miembros de Familia Numerosa: familia numerosa de categoría general deberán abonar el 50% de los precios públicos y tasas. Los miembros de familia numerosa categoría especial están exentos del 100% del importe de los precios públicos y tasas, únicamente abonarán la cuota del seguro escolar u otro seguro obligatorio suscrito. 
  • Estudiantes con discapacidad igual o superior al 33%, tendrán derecho a la exención total de tasas y precios públicos en los estudios conducentes a la obtención de un título universitario, deberán abonar el seguro escolar u otro seguro obligatorio suscrito. 
  • Víctimas de terrorismo: estarán exentos de todo tipo de tasas académicas, debiendo abonar el seguro escolar u otro seguro obligatorio suscrito. 
  • Víctimas de violencia de género: estarán exentos del pago de las tasas y los precios públicos por servicios universitarios, debiendo abonar el seguro escolar u otro seguro obligatorio suscrito. 
  • Participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad: estarán exentos del pago de matrícula, debiendo abonar el seguro escolar u otro seguro obligatorio suscrito 
  • Personas beneficiarias del ingreso mínimo vital: estarán exentos del pago de los precios públicos por servicios académicos universitarios para la realización de estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial, debiendo abonar el seguro escolar u otro seguro obligatorio suscrito. 

Los/las estudiantes que obtengan la calificación de “matrícula de honor” en una o varias asignaturas tendrán una bonificación en la siguiente matrícula, y para los mismos estudios, del importe equivalente al número de créditos en primera matrícula en los que hayan obtenido dicha calificación. 

En el caso de estudiantes de Grado de la UPM que, una vez finalizado el Grado, continúen estudios en la Universidad Politécnica de Madrid en cualquier título oficial de Máster, la obtención de una o varias matrículas de honor en los estudios del último año de Grado le dará derecho a una bonificación en el importe de la matrícula de Máster del siguiente curso académico que el/la estudiante formalice tras la obtención de la Matrícula de Honor, deduciendo del precio total de esa matrícula una cantidad igual a la suma de los créditos correspondientes a las asignaturas de grado en las que haya obtenido las matrículas de honor, multiplicada por el precio del ECTS para primera matrícula de Grado, recogido en el Decreto de Precios Públicos.

¿CÓMO ME APLICO LAS EXENCIONES DE MATRÍCULA? 

Si eres beneficiario de alguna de las exenciones anteriores podrás aplicarte la exención al realizar la automatrícula.

En el caso de ser solicitante de la beca del MEFPD, familia numerosa, estudiante con discapacidad o víctima de terrorismo, la acreditación de estas exenciones se realizará de forma directa con otras administraciones públicas previa autorización de su consulta en el momento de formalizar la automatrícula. En el caso de que al realizar la consulta se produjera un error en la conexión o si por tratarse de documentos expedidos en la Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla no pudiera aplicar alguna de estas exenciones, el/la estudiante deberá enviar hasta el 30 de septiembre de 2025, mediante el procedimiento descrito en el siguiente párrafo, la documentación que acredite dicha exención. 

Para el resto de exenciones, matrícula de honor en la calificación final de 2º de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Superior, Premio extraordinario de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Superior, medalla en olimpiadas académicas acreditadas de ámbito nacional o internacional, víctimas de violencia de género, participantes y en operaciones internacionales de paz y seguridad, el/la estudiante deberá aportar hasta el 30 de septiembre de 2025 a través de Sede Electrónica: Aportación de documentación para la matrícula, la documentación que acredite dicha exención. 

Si no se presenta en este plazo la acreditación de la exención aplicada en la matrícula, se procederá a modificar la carta de pago, se suprimirá dicha exención y deberá abonar la totalidad del importe de la matrícula. 

En el caso de que el/la estudiante no autorice la consulta con otras administraciones públicas y dentro del plazo establecido para el periodo ordinario de matrícula, tendrá que formalizar presencialmente su matrícula en la Secretaría de Alumnos de su Centro, debiendo aportar toda la documentación requerida.

 

Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Minas y Energía (ETSIME)

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