15 de enero
Actividad investigadora. Evaluación
- Resolución de 10 de diciembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se fija el procedimiento y plazo de presentación de solicitudes de evaluación de la actividad investigadora a la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
https://www.boe.es/boe/dias/2019/12/11/pdfs/BOE-A-2019-17788.pdf
Objeto:
El propósito de esta convocatoria es reconocer los méritos en la actividad investigadora desarrollada por el profesorado universitario y por el personal de los organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado, e incentivar su ejercicio y su calidad
Requisitos para el profesorado universitario:
En lo que al profesorado universitario se refiere, tendrán derecho a solicitar la evaluación de su actividad investigadora quienes tengan la condición de funcionario de carrera o interino perteneciente a uno de los siguientes cuerpos docentes universitarios:
- Catedráticos de Universidad.
- Profesores Titulares de Universidad.
- Catedráticos de Escuela Universitaria.
- Profesores Titulares de Escuela Universitaria
*Plazo de presentación de solicitudes: Los funcionarios de los cuerpos docentes universitarios y de las escalas científicas de los organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el anexo, podrán presentar su solicitud de evaluación de la actividad investigadora desde el 15 de enero hasta el 31 de enero de 2020.